El fiscal solicita al Constitucional que excarcele al ex senador socialista Josep Maria Sala

 

BONIFACIO DE LA CUADRA, Madrid

El fiscal informó ayer al Tribunal Constitucional a favor de la puesta

en libertad del ex senador socialista Josep María Sala, condenado a

tres años de cárcel en el caso Filesa (financiación irregular del

PSOE), mientras se tramita el recurso de amparo, ya admitido por el

alto tribunal. En cambio, se opone a la excarcelación del ex diputado

Carlos Navarro, condenado por el Tribunal Supremo en el mismo caso a

11 años. El Constitucional decidirá la próxima semana sobre la

suspensión de sus condenas solicitadas por ambos.

 

Los dos informes presentados ayer por el fiscal jefe ante

el Tribunal Constitucional, José Julián Hernández Guijarro, dentro de la

llamada pieza separada de suspensión (procedimiento

específico para decidir si se suspende una condena), tienen en cuenta

"la distinta naturaleza y extensión de las penas y la doctrina del

Tribunal Constitucional en materia de suspensión de la ejecución de

las resoluciones impugnadas", según fuentes oficiales de la Fiscalía

General del Estado.

 

De acuerdo con ese análisis, el fiscal ha dictaminado favorablemente

la puesta en libertad de Sala, condenado a tres años de cárcel por

asociación ilícita y falsedad en documento mercantil, y "la

improcedencia" de adoptar esa medida respecto a Navarro, condenado a

11 años por asociación ilícita, delito continuado de falsedad

documental y delito fiscal.

 

El criterio en el que, según informó ayer La Vanguardia , fundamenta

el fiscal su diferente posición respecto a uno y otro es la cuantía de

la pena de privación de libertad, sobre la base de que la frontera

establecida por la doctrina del alto tribunal es los seis años, a los

que Sala no llega mientras que Navarro los sobrepasa. El mismo

rotativo no ve clara esa doctrina cuando, como ocurre en el caso de

Navarro, sus 11 años de prisión son resultado de la suma de tres

delitos, ninguno de los cuales sobrepasa los seis años.

 

Cárcel e "intereses generales"

 

Fuentes del Tribunal Constitucional explicaron ayer a este periódico

que la decisión que adopte la semana próxima su Sala Segunda tendrá en

cuenta, más que la cuantía de las condenas, la perturbación de los

intereses generales que la suspensión del cumplimiento de una condena

pueda significar. Las mismas fuentes recordaron una resolución de 19

de marzo de 1986 en la que, tras reconocerse que "la suspensión de una

sentencia judicial implica, en sí misma, la perturbación de los

intereses generales", se añade que "la gravedad de esta perturbación

debe ser, sin embargo, ponderada con la que para la libertad de los

recurrentes implica el cumplimiento de una condena de prisión".

 

La doctrina indicada se completa con el criterio de que cuando el

propio tribunal sentenciador, en este caso la Sala Segunda de lo Penal

del Tribunal Supremo, ha mantenido en libertad provisional a los ahora

condenados, es procedente la excarcelación, ya que "parece

decididamente mayor el daño" que para los recurrentes implica la

permanencia en prisión "que el que para el interés general pueda

resultar de la suspensión, durante el tiempo que se tramita el

recurso, de la sentencia recurrida", según la resolución antes citada.

 

No cabe, pues, descartar, la suspensión de la condena de Navarro a

pesar del informe desfavorable del fiscal.

 

En cuanto a la posible puesta en libertad de los otros cuatro

condenados que se encuentran en prisión por el caso Filesa -Luis

Oliveró y Alberto Flores, con penas de 10 años, y Aida Alvarez y

Miguel Molledo, con dos años y cuatro meses-, las fuentes indicadas

señalaron que la suspensión de la condena no depende tanto de la

entidad de las penas como de la admisión o no a trámite de sus

recursos de amparo.

 

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