El Tribunal Constitucional devuelve también al

ex dirigente socialista todos sus derechos

civiles

 

El TC deja libre a Sala y se inclina por

mantener a Navarro en prisión

 

El hecho de que la pena del ex senador sea

corta, una de las causas de su excarcelación

 

JOSÉ MARIA BRUNET

 

MADRID. -- El Tribunal Constitucional (TC) dictó ayer un auto en virtud del

cual fue excarcelado el ex senador Josep Maria Sala, al habérsele concedido

la suspensión de la condena que le impuso el Supremo por el caso Filesa. El

TC basa su decisión, sobre todo, en "la relativamente escasa entidad de la

pena impuesta", que totalizó tres años de prisión. Fuentes del TC aseguran

que el debate sobre el caso del ex diputado Carlos Navarro está asimismo

terminado y que éste deberá permanecer en la cárcel mientras se tramita su

recurso de amparo. Contra este criterio mayoritario se producirá un voto

particular del magistrado Fernando García-Mon, que lo ultimaba ayer. Ésta es

la razón principal por la que el auto relativo a Navarro no fue notificado

con el referente a Sala.

La doctrina del TC sobre supuestos similares al de Sala era clara y el

propio fiscal pidió su puesta en libertad hace ya dos semanas. El tribunal

retrasó su decisión para debatir el asunto junto al caso de Navarro, más

complejo, y que finalmente se ha decantado en contra de la excarcelación del

ex diputado. En el caso de Sala, el Constitucional ha recogido en su

resolución prácticamente todos los argumentos del fiscal, que se basó a su

vez en lo que el mismo tribunal ha resuelto en supuestos similares: la

suspensión de la condena cuando la pena es corta y no hay riesgo de fuga ni

daño evidente para el interés general.

EL TC argumenta, por otra parte, "la absoluta irreparabilidad de los daños

que para el derecho del recurrente a la libertad supondría la ejecución de

la sentencia, habida cuenta del plazo habitual de resolución de procesos de

amparo como el presente". La sentencia sobre el fondo del asunto --si en el

caso Filesa se vulneró o no algún derecho constitucional-- puede tardar

alrededor de un año. Si Sala permaneciera en prisión todo ese tiempo y luego

prosperase el recurso, nadie podría devolverle el año pasado en la cárcel.

Hasta aquí, el argumento valdría también para Navarro, pero en su caso la

condena que le ha sido impuesta es muy superior, once años de prisión, y en

el TC ha imperado el criterio de que no se puede suspender una pena de

cárcel de este cariz, acordada además por el Tribunal Supremo, por lo que ya

tiene el carácter de sentencia firme.

La resolución que afecta a Sala, la única dada a conocer ayer sobre

suspensiones de condena, afirma que es "criterio firme y reiterado" del TC

atender a la duración de la pena impuesta, así como a "la ausencia de

específica lesión a los intereses generales, más allá de la genérica que de

por sí produce la suspensión de un fallo judicial". La suspensión de la

condena impuesta a Sala, en suma, no lesiona interés general alguno, según

el TC, si bien éste se cuida de mencionar que lo más positivo para la

preservación de dicho interés es que las sentencias se cumplan, por lo que

la suspensión de la ejecución de las condenas resulta, como refleja otro

apartado del auto, una medida "excepcional".

La sentencia del TC deja asimismo en suspenso las penas accesorias que

pesaban sobre Sala. Es decir, el ex senador recupera todos sus derechos

civiles al quedar sin efecto la inhabilitación que le fue impuesta por el

Supremo. De este modo, Sala puede ejercer, en su caso, cargos y

responsabilidades públicas, así como los derechos de sufragio activo y

pasivo. El único aspecto de la condena de Sala al que no alcanza la

suspensión es a las dos multas que le fueron impuestas, de 100.000 y 250.000

pesetas, respectivamente, porque el TC entiende que resultará fácil que le

sean restituidas si en su día prospera su recurso de amparo.

 

Copyright La Vanguardia 1997



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